SOLO PARA AQUELLOS EXTRANJEROS NO RESIDENTES QUE HAYAN OBTENIDO AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE PARTE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES Y VISA CORRESPONDIENTE:
Se pone en conocimiento que conforme el artículo 1 del Decreto 274/20, EXTRANJEROS NO RESIDENTES QUE HAYAN OBTENIDO AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES Y VISA CORRESPONDIENTE podrán tramitr permiso de circulación INTERNO para la Rep. Argentina, siguiendo los siguientes pasos:
a) Solicitud del certificado. - Ingresar al sitio: https://www.argentina.gob.ar/circular - Ingresar en el recuadro que dice "Tramitá tu certificado". - A la pregunta "¿Tenés DNI argentino?", elegir la respuesta "No, tengo documento de identidad de país limítrofe o pasaporte extranjero". - Completar los datos que solicita el formulario. En el campo "Observaciones" el extranjero consignará los datos de la empresa llamante en el caso de técnicos o profesionales; el hospital donde se realizará el tratamiento médico, o de la argentina o argentino con quien se reunificará, según corresponda. TODO CONFORME A AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES Y VISA CORRESPONDIENTE
b) Obtención del certificado. Una vez ingresada la solicitud y pasado un tiempo, el sistema permitirá descargar el certificado.