Embajada en Japón

09. Legalizaciones, Vistos y Documentos Comerciales

Fecha de actualización: 02/03/2023

LEGALIZACIONES, VISTOS, DOCUMENTOS COMERCIALES, APOSTILLA Y AUTENTICACIONES DE COPIAS

LEGALIZACIONES Y APOSTILLE

A los efectos de que los documentos extranjeros de carácter privado o público sean válidos en la Argentina, los mismos deben estar legalizados, certificados o visados (vistos) por el Consulado Argentino correspondiente.

La actividad consular, en cuanto a legalizaciones se refiere, está limitada a certificar sobre la autenticidad de la firma y carácter del funcionario que suscribe el documento. Sólo pueden ser legalizados documentos originales, no se aceptan fotocopias o faxes de los mismos. Para ser legalizadas, las firmas deben ser en original con la aclaración de nombre y cargo.

Cuando se trate de documentos públicos de países que suscribieron la Convención de la Haya, como es el caso de Japón, la legalización con APOSTILLA (o Apostille) remplazará a la intervención consular.

Se excluyen los documentos expedidos por Agentes Diplomáticos y Consulares y los documentos administrativos que se refieran a una operación mercantil o aduanera.

Más información sobre cómo tramitar la legalización con Apostilla en el Miniserio de Asuntos Exteriores de Japón (idioma inglés): hacer clic aquí.

 

CERTIFICADOS DE ORIGEN

Cuando se trata de operaciones de exportación hacia la República Argentina, los Certificados de Origen deben ser intervenidos, mediante una legalización de firma, por las Representaciones Consulares con jurisdicción en el país de origen de las mercaderías.

Requisitos - Documentos a presentar:

  • Certificado de Origen original endosado por cualquier Cámara de Comercio registrada en Japón. Para ser legalizadas, las firmas deben ser en original con la aclaración de nombre y cargo. En caso de poseer anexos u hojas adjuntas, el documento debe tener unidad (perforación o sello entre páginas).
  • Pago del arancel consular correspondiente.
  • Todos los certificados de origen deben contener: datos del exportador, descripción de los bienes, puerto o lugar de embarque, medio de transporte, datos de la cámara de comercio japonesa, datos del importador en Argentina y el número de la factura comercial.

Plazo de entrega: Mínimo de 48 horas hábiles.

 

VISADO DE DOCUMENTOS COMERCIALES (Listas de Precios, Certificados, Facturas, etc.)

Requisitos - Documentos a presentar:

  • Las firmas deben ser en original con la aclaración de nombre y cargo.
  • Los documentos a intervenir deben, preferentemente, estar endosados por la correspondiente Cámara de Comercio japonesa.
     
  • En caso de presentar duplicados, deberán llevar el sello de "original" y "copia", respectivamente.
     
  • Pago del arancel consular correspondiente.

Plazo de entrega: Mínimo de 48 horas hábiles.

 

AUTENTICACIÓN DE FOTOCOPIAS

Las fotocopias de documentos pueden ser autenticadas por el Consulado siempre que se presenten los correspondientes originales. La autenticación de fotocopias sólo certifica el carácter de ser copia fiel del original, pero no juzga sobre el contenido de las mismas ni de los originales.

La autenticación de una fotocopia no es una legalización de las firmas contenidas en la misma ni aquéllas del documento original.

Se debe abonar el correspondiente arancel consular.

 

OTROS DOCUMENTOS

Por favor, remitir consulta a consulares_ejapo@mrecic.gov.ar sobre la intervención de otros tipos de documentos.

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular